sábado, 26 de noviembre de 2011

De los derechos y deberes

Comentando con mis amigos mis aventuras ciclísticas han surgido nuevas interrogantes y nuevos cuestionamientos a mis travesías de los lunes. ¿Por que carril debo ir cuando manejo en la pista? ¿Puedo subirme a la vereda? ¿Puedo usar un carril completo o es mejor pegarse a un costado? ¿Los ciclistas pagamos multas por algo? ¿De que manera se puede transitar más seguro? Valgan verdades, no podría responder ninguna de estas preguntas. Tengo que reconocerlo, he sido imprudente y me he lanzado en una aventura sin antes conocer los derechos que me asisten ni mis obligaciones, tal vez hasta he estado infringiendo las leyes producto de mi ignorancia. Pero ¿Qué dicen las leyes?.


Como nunca es tarde, decidí informarme lo mejor que pudiera y una vez más comprobé con total frustración que la bicicleta no existe en la mente de las autoridades. No diré que leí todo el Reglamento Nacional de Tránsito, pero si busqué todo lo que en el tuviera que ver con la bicicleta ayudada por el buscador de palabras del Pdf. Asombrada comprobé que las palabras bicicleta y ciclista no existían en todo del documento de 95 páginas, por último probé con "Bicicletas", palabra para la cual solo hallé 6 resultados, que les expongo a continuación:


Artículo 79º.-

Para subir o bajar de los vehículos, los peatones deben hacerlo:
1) Cuando los vehículos estén detenidos.
2) Por la(s) puerta(s) ubicadas a la derecha del timón, cuando el vehículo se ubique en el carril derecho de la vía.
3) Teniendo precaución con el tránsito de vehículos menores y bicicletas.

Artículo 146º.-

Los vehículos menores sin motor, como bicicletas y triciclos, y los vehículos automotores menores, cuando circulen por una vía deben hacerlo por el carril de la derecha uno detrás de otro. Cualquiera sea su característica o tamaño, no deben circular en forma paralela en doble o más filas, ni deben adelantarse unos a otros.

Artículo 156º.-

Si se destinan o señalan vías o pistas especiales exclusivas para el tránsito de bicicletas, sus conductores deben transitar por ellas estando prohibido a otros vehículos utilizarlas.

Artículo 250º.-

Los vehículos no comprendidos en los artículos anteriores deben tener:
2) Los triciclos o bicicletas: Frenos de pie y mano y dispositivos reflectantes en los extremos delantero de color blanco-

Existe solo una infracción en todo lo que al ciclismo se refiere y es la   C.41 (Circular por vías o pistas exclusivas para bicicletas), la cual es catalogada como GRAVE y aquél que la cometa recibirá como único castigo una multa de 5% de una U.I.T. (O sea S/. 180.00).  Eso sí, no explica si esta multa va dirigida a automovilistas, motociclistas, peatones o público en general.


Encima de que la ley casi ni menciona a la bicicleta, lo poco que dice es letra muerta.
Fuente: http://blogs.rpp.com.pe/reporterow/

En verdad, la ley peruana es deprimente y pobre y en muchas ocasiones carece de sustento técnico. Ni siquiera se me aclaró la duda de si debo circular en el sentido del tráfico o contra el tráfico, para mi es mejor ver al carro que no ver nada y de pronto ser sorprendida por un auto que viniendo detrás mio se pega demasiado y me hace perder el equilibrio. Bastante decepcionada decidí buscar información en otro lado sobre cómo podía cuidarme en la ciudad y encontré estos 3 vídeos que me parecen muy útiles.

El primero es el caso peruano. Este video, elaborado por el proyecto zoom (que creo que ya no existe), se publicó en el 2006 y aunque no da muchas luces es la referencia más segura a la que podemos remitirnos y la que más se acerca a nuestra realidad. Este vídeo es el que vi primero y gracias a Gonzalete aprendí a alzar el brazo.


El caso argentino sin duda nos ilustra mucho mejor y nos explica muchas cosas más, previniendonos sobre nuestros actos y las consecuencias de los mismos, así como instándonos a manejar con responsabilidad. Este vídeo lo publicó el Programa Mejor en Bici, este año.


Por último les presento el caso mexicano, que sinceramente me ha dado mucha envidia, pues en él se evidencia, que toda la sociedad se ha preparado para un ciclismo urbano seguro. A través de los 10 consejos que nos da ECOBICI podemos darnos cuenta de que allí existen leyes que protegen al ciclista, y que estas leyes son coherentes con el diseño urbano y vial, y que estos concejos se enmarcan perfectamente tanto en el campo legal como de planificación urbana y vial, o sea, todo suma perfectamente siendo el ciclista uno de los actores más beneficiados. Este vídeo se publicó en el año 2010.


Me he decidido a seguir los consejos mexicanos, aunque verdaderamente no se si todos los automovilistas peruanos aguanten que me plante a pedalear ocupando todo el carril o entiendan todos los signos de los brazos, pero haremos la prueba y a ver que sale.

5 comentarios:

  1. Hola, Ale (Stephania).
    Soy Óscar, el pianista.
    Encontré tu blog, está muy entretenido.
    Estaré al tanto de tus próximas publicaciones.
    Nos vemos en algún Consorcio, pues soy muy flojo como para montar bici.

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  2. Oscar!

    Mil gracias por leerme y por comentar, me alegra mucho que hayas encontrado el blog, así te enteras de mis aventuras en 2 ruedas y tal vez hasta te diviertes un poquito. Nos vemos en la Daewo (Consorcio), siempre voy ahí los días que no la hago en bici.

    Un Abrazo y hasta el próximo sábado:

    Ale (Estefanía)

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  3. Hola Ale,

    Yo veo con tu blog que la bicicleta es un vehiculo que para nuestras autoridades no esta catalogada como un "medio de transporte" y eso se nota al revisar la normativa. Tus ideas me han hecho pensar que si nuestra Municipalidad desea fomentar la bicicleta como un medio de transporte (ojo , medio de transporte, no paseo y recreacion!) debe incluir, ademas de las ciclovias que son necesarias, mucha normatividad e informacion; sino, la bici nunca será tomada en serio.



    Muchos Saludos

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  4. Te recomiendo esta pagina del FONAM donde tiene documentos referidos a los programas que quiern implementar para el uso de la bici... SALUDOS!!

    http://www.fonamperu.org/general/transp/documentos.php

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  5. Totalmente de acuerdo contigo Gik, pero la verdad es que no solo existe la bicicleta, existen otros medios de transporte no motorizados que bien pueden servir para recorrer distancias moderadas y que como ciudadanos deberíamos tener el derecho de elegir sin exponer nuestras vidas o nuestra integridad, como por ejemplo los patines y patinetas, últimamente veo a muchos chicos desplazarse así (Vi un chico en patineta en pleno trébol o chicos en patines en plena Av. Grau, de Barranco), o incluso las mismas personas discapacitadas.

    Creo que todos podemos hacer del transporte urbano un fenómeno cada vez más inclusivo, más amigable con el medio ambiente, más saludable y más eficiente. Un abrazo y ¡Feliz Navidad!

    Ale

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